Determinación de la línea base para la declaratoria de la hacienda Guamag, como bosque y vegetación protectora, ubicado en la parroquia Ulba, cantón Baños, provincia de Tungurahua
La presente investigación propone: determinar la línea base para la declaratoria de la hacienda Guamag como bosque y vegetación protectora, ubicada en la parroquia Ulba, cantón Baños, provincia de Tungurahua; para ello en este trabajo se consideró los lineamientos establecidos por el Ministerio del...
Saved in:
| 主要作者: | |
|---|---|
| 格式: | bachelorThesis |
| 語言: | spa |
| 出版: |
2016
|
| 主題: | |
| 在線閱讀: | https://dspace.espoch.edu.ec/handle/123456789/4992 |
| 標簽: |
添加標簽
沒有標簽, 成為第一個標記此記錄!
|
| 總結: | La presente investigación propone: determinar la línea base para la declaratoria de la hacienda Guamag como bosque y vegetación protectora, ubicada en la parroquia Ulba, cantón Baños, provincia de Tungurahua; para ello en este trabajo se consideró los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente que permitan aplicar la declaratoria. La investigación establece que 150,7 ha es de bosque nativo, el resto son áreas de agroforestería, infraestructura y zona de pastoreo. La evaluación ecológica rápida realizada arroja los siguientes datos, existen taxones de especies forestales como Cecropia sp. Clusia multiflora, Oreopanax ecuadorensis que constan en el libro rojo de las plantas endémicas del Ecuador, y Croton lechleri que posee propiedades medicinales, además existen 4 especies de mamíferos que constan en el libro rojo según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), Mazama rufina, Nasuella olivacea, Tremarctos ornatus y Tapirus pinchaque, y el reptil Anolis fitchi que se encuentra como una especie casi amenazada según la UICN. Por lo antes expuesto y la pendiente del bosque (70%), si consideramos que el agua del rio Guamag es apta para riego, uso pecuario, fines recreativos, protección y preservación de la vida, al ser el principal afluente del río Pastaza, se hace indispensable la declaratoria como bosque y vegetación protectora por parte del Ministerio del Ambiente al cumplir con lo que establece el artículo 6 del capítulo III de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas naturales y Vida Silvestre. Palabras claves: bosque y vegetación protectora, análisis físico–químico, suelo y agua. |
|---|