La participación de los pueblos indígenas y tribales en medidas administrativas con impacto en el territorio: un modelo para armar

Han transcurrido 30 años de vigencia del Convenio 169 de la OIT, orientado a salvaguardar la vida y supervivencia de los pueblos indígenas originarios, dicho de otra manera la obligación de respetar y posibilitar la existencia de ese “otro” que con su existencia posibilita nuestra identidad. Según l...

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Մատենագիտական մանրամասներ
Հիմնական հեղինակ: Murcia Riaño, Diana Milena (author)
Ձևաչափ: article
Լեզու:spa
Հրապարակվել է: 2019
Խորագրեր:
Առցանց հասանելիություն:http://hdl.handle.net/10469/16234
Ցուցիչներ: Ավելացրեք ցուցիչ
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Նկարագրություն
Ամփոփում:Han transcurrido 30 años de vigencia del Convenio 169 de la OIT, orientado a salvaguardar la vida y supervivencia de los pueblos indígenas originarios, dicho de otra manera la obligación de respetar y posibilitar la existencia de ese “otro” que con su existencia posibilita nuestra identidad. Según la CIDH, los estados signatarios del Convenio, y aquellos otros que se rigen por la Declaración sobre derechos indígenas, de la ONU, reconocen la consulta en términos normativos pero no lo aplican en la práctica. Hay evidencias, para Colombia, de cómo las consultas administrativas, que en la práctica suplanten la Consulta previa, libre e informada, han derivado en una fórmula de desposesión territorial.