El arresto domiciliario de la mujer embarazada como medida alternativa a la privación de la libertad, de acuerdo a la reciente jurisprudencia vinculante de la corte constitucional del Ecuador contenida en la sentencia Nº 247-17-SEP-CC, de 09/08/2017

La Regla Nº 64 de la ONU sobre tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes del año 2010, ratificadas por el Ecuador, establecen que «cuando sea posible y apropiado se preferirá imponer sentencias no privativas de la libertad a las embarazadas y la...

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Bibliografische gegevens
Hoofdauteur: Ortiz Chango, Karina Vanessa (author)
Formaat: bachelorThesis
Gepubliceerd in: 2018
Onderwerpen:
Online toegang:https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/39971
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Omschrijving
Samenvatting:La Regla Nº 64 de la ONU sobre tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes del año 2010, ratificadas por el Ecuador, establecen que «cuando sea posible y apropiado se preferirá imponer sentencias no privativas de la libertad a las embarazadas y las mujeres que tengan hijos a cargo», lo que concuerda con el numeral 11 del Art. 77 de la Constitución de la República que dispone que la jueza o juez aplicará las medidas alternativas a la privación de la libertad, sin embargo, en materia de arresto domiciliario de la mujer embarazada se contempla en el Ecuador, desde el derogado Código de Procedimiento Penal un arresto domiciliario con duración máxima de 90 días después del parto para las mujeres sometidas a prisión preventiva y para aquellas a quien tiene que notificárseles la condena, pero los hábeas corpus intrepuestos para sustituir la privación de libertad por arresto domiciliario fueron rechazados porque la Corte Nacional resolvió que esta privación no es ilegítima, lo que se modificó recientemente con la sentencia de la Corte Constitucional N° 247 – 17 – SEP – CC, de 09/08/2017. El desarrollo de esta investigación requirió de bibliografía, mayoritariamente comparada, que contemplan un amplio arresto domiciliario para las personas vulnerables, que no existe en nuestro país, razón por la cual se precisa modificar la legislación vigente, porque se atenta contra el interés superior de la niña y el niño que está por nacer y recién nacido, lo que justifica esta investigación, consistiendo el objetivo general en analizar jurídicamente la sentencia mencionada que sentó un precedente obligatorio para otorgar el arresto domiciliario para toda mujer embarazada privada de libertad.