El registro de obras, interpretaciones y producciones musicales en el SENADI (Servicio Nacional de Derechos Intelectuales). ¿Se contribuye para hacer efectivos los derechos de los autores, artistas y productores musicales?
Según la UNESCO (2021), es esencial la protección de todas las obras (entre ellas la música considerada como arte contemporáneo) pues “enriquece nuestras vidas de innumerables maneras y ayuda a construir comunidades inclusivas”. La Declaración de los Derechos Humanos en el artículo 27, establece que...
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| 第一著者: | |
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| フォーマット: | bachelorThesis |
| 出版事項: |
2023
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| 主題: | |
| オンライン・アクセス: | https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/41887 |
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| 要約: | Según la UNESCO (2021), es esencial la protección de todas las obras (entre ellas la música considerada como arte contemporáneo) pues “enriquece nuestras vidas de innumerables maneras y ayuda a construir comunidades inclusivas”. La Declaración de los Derechos Humanos en el artículo 27, establece que el Estado es el encargado de proteger las creaciones intelectuales, quiere decir que se asigna la responsabilidad a cada Estado para que adopte sus políticas públicas en materia de protección de creaciones intelectuales, entre las cuales figura la música como una expresión material del intelecto del ser humano.Por esta razón, el presente trabajo busca analizar si el Estado ha cumplido con su deber de proteger a los creadores intelectuales, específicamente los músicos, con un enfoque hacia las ventajas y las desventajas del registro; además, se realiza un análisis sobre el trámite para el registro en el Servicio Nacional de Servicios intelectuales (en adelante SENADI), y la falta de contribución para el desarrollo de una adecuada protección de las obras, interpretaciones y producciones , en el marco de la aplicación del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, y de la Decisión 351 de la Comunidad Andina.La metodología empleada será el análisis teórico-práctico de la información obtenida de las normas sobre propiedad intelectual en Ecuador, y sobre el trámite de registro de obras, interpretaciones y producciones musicales, tomando en cuenta la opinión y experiencia de los artistas musicales ecuatorianos.El resultado que se espera obtener es una propuesta en la normativa y la tramitología, y, a través de esta lograr una correcta protección de las obras, interpretaciones y producciones, para que los artistas, autores y productores musicales tengan la seguridad que están debidamente protegidas, e incluso fomentar la aparición de nuevos artistas, así como de nuevas corrientes artísticas para que la industria musical ecuatoriana vea un crecimiento. |
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