Contravenciones de tránsito que no tienen pena privativa de libertad en la tutela judicial efectiva
Se plantea un problema de ausencia de tutela efectiva en el caso de infracciones no privativas de libertad en caso de contravenciones de tránsito, por lo que es necesario investigar y dirigirse mediante el presente estudio a indagar y hallar aquellos fundamentos jurídicos – doctrinarios en los que r...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | bachelorThesis |
| Publicado: |
2023
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/40878 |
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| Sumario: | Se plantea un problema de ausencia de tutela efectiva en el caso de infracciones no privativas de libertad en caso de contravenciones de tránsito, por lo que es necesario investigar y dirigirse mediante el presente estudio a indagar y hallar aquellos fundamentos jurídicos – doctrinarios en los que recae el problema, así como las posibles modificaciones, y acciones teóricas y prácticas. La presente investigación tiene como objetivo analizar las contravenciones que no tienen pena privativa de libertad y su relación con la tutela judicial efectiva. Se realizaron entrevistas abiertas con 6 participantes y se analizaron las respuestas para evaluar la evolución de dicha vulneración. Los resultados revelaron que la improcedencia de recurso en contravenciones de tránsito sin pena privativa de libertad puede violar el principio de tutela judicial efectiva, así como otros derechos constitucionales. Esto afecta a personas que desean impugnar fallos judiciales con los cuales no están conformes, se les niega la posibilidad de apelar. Esta restricción va en contra del artículo 82 de la Constitución de la República de Ecuador, que garantiza el derecho a recurrir. Además, se argumenta que la falta de recurso impide una defensa efectiva, , las personas no pueden presentar su caso ante un tribunal superior, sin la oportunidad de una legítima defensa. En conclusión, la ausencia de derecho a apelar afecta directamente el principio de tutela judicial efectiva y viola el artículo 75 de la Constitución. |
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