Reparación integral de los daños provocados por la actividad regular de la administración pública

La actividad de los órganos de la Administración pública, en especial la de los dedicados a efectuar obra material y aquellos cuya actividad entraña riesgos, son una fuente de potenciales daños a los derechos de las personas. En este contexto, el artículo 11, número 9 de la Constitución, dispone que...

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主要作者: Moreno Miranda, Wilber Patricio (author)
格式: masterThesis
语言:spa
出版: 2018
主题:
在线阅读:http://hdl.handle.net/10644/6622
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实物特征
总结:La actividad de los órganos de la Administración pública, en especial la de los dedicados a efectuar obra material y aquellos cuya actividad entraña riesgos, son una fuente de potenciales daños a los derechos de las personas. En este contexto, el artículo 11, número 9 de la Constitución, dispone que el Estado, sus delegatarios, concesionarios, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, lo cual parecería denotar que solo los daños causados por la actividad o la prestación del servicio efectuada con falta o deficiencia podrían ser reparados, excluyéndose los daños ocasionados por el Estado generados en su actividad regular e, incluso, originados mediando una adecuada prestación del servicio. En esta tesis se analiza si, acorde a la legislación ecuatoriana y los principios del Derecho Administrativo, se pueden reparar los daños ocasionados por la actividad regular o lícita del Estado o, solamente procede hacerlo cuando estos daños provienen de la actividad irregular o por falta de servicio; en este contexto se estudia el fundamento jurídico de la reparación de los daños provocados por la actividad regular o lícita, sus requisitos y el procedimiento para exigirlo. Se analiza, además, si la responsabilidad extracontractual por falta de servicio contenida en el art. 11, número 9 de la Constitución, ampara a otra forma de atribución de responsabilidad, específicamente la objetiva.