El cumplimiento normativo en la aplicación de la prisión preventiva como medida cautelar por parte de la fiscalía y los jueces en Ecuador
La prisión preventiva en el sistema procesal penal ecuatoriano es una medida cautelar que tiene como propósito garantizar la presencia del imputado en el proceso, asegurar el cumplimiento de una posible condena y facilitar la reparación a la víctima Se concibe exclusivamente como una herramienta pro...
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| Materyal Türü: | article |
| Dil: | spa |
| Baskı/Yayın Bilgisi: |
2024
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| Konular: | |
| Online Erişim: | https://dspace.ucacue.edu.ec/handle/ucacue/18941 |
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| Özet: | La prisión preventiva en el sistema procesal penal ecuatoriano es una medida cautelar que tiene como propósito garantizar la presencia del imputado en el proceso, asegurar el cumplimiento de una posible condena y facilitar la reparación a la víctima Se concibe exclusivamente como una herramienta procesal. Dentro de las medidas cautelares, la prisión preventiva es la más gravosa, ya que limita la libertad personal. Por esta razón, debe ser considerada una medida de última ratio, aplicable solo cuando sea estrictamente necesaria, proporcional e idónea. Sin embargo, su aplicación incorrecta ha generado situaciones donde se aplica de manera desmesurada, incluso como un medio anticipado de condena, en lugar de una medida procesal adecuada. El artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) regula los requisitos para la imposición de la prisión preventiva, y el objetivo principal de este artículo es analizar dicho artículo, y mediante un enfoque histórico-lógico, así como analítico-sintético, se describe la evolución de la prisión preventiva en el sistema penal ecuatoriano. Se analiza el deber de la Fiscalía y los jueces en su implementación, conforme a los principios de presunción de inocencia y mínima intervención penal. Además, se señala los argumentos necesarios para su aplicación y se propone la motivación que el juez debe adoptar para que este pueda otorgarla, pues la carencia de esta vulneraria los derechos humanos del procesado, especialmente su estado natural de inocencia que debe ser protegido por el estado de derecho. |
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