Transgresión del principio de no regresividad en el Código Orgánico del Ambiente que afecta al ejercicio de los derechos ambientales, regulando a monocultivos en el Ecuador

El Código Orgánico Ambiental, transgrede el Principio de Progresividad y no Regresividad, principio ambiental establecido internacionalmente y acogido en nuestra Constitución en el artículo 423 numeral 3 , el mismo que obliga a la normativa ambiental mantener una armonía con dicho principio, esta nu...

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מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Espín Murminacho, Adriana Lissette (author)
פורמט: bachelorThesis
שפה:spa
יצא לאור: 2018
נושאים:
גישה מקוונת:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/16855
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סיכום:El Código Orgánico Ambiental, transgrede el Principio de Progresividad y no Regresividad, principio ambiental establecido internacionalmente y acogido en nuestra Constitución en el artículo 423 numeral 3 , el mismo que obliga a la normativa ambiental mantener una armonía con dicho principio, esta nueva normativa ambiental en su artículo 121 permite la creación de monocultivos, mismo que se prohibía en la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales, que fue derogada por el Código Orgánico Ambiental, al igual esta prohibición se encuentra en la Constitución que establece el fortalecimiento de la reforestación y revegetación en zonas degradadas o en proceso de desertificación con el fin de evitar monocultivos. Los métodos que se utilizaron dentro de esta investigación fueron sistemático y exegético con los cuales se demostró la existencia de regresividad en la normativa ambiental; esta transgresión de derechos también puede ser causante de inconstitucionalidad, en vista que son derechos reconocidos en la Constitución, por lo que se puede ocasionar daños al ambiente y a la sociedad