La aplicación del Principio de Proporcionalidad en la sanción a los conductores por exceso de velocidad.

La Constitución de la República del Ecuador, dispone en su artículo 76 que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se garantizará el debido proceso que deberá observase varias garantías básicas, como el que la ley deberá establecer la debida proporcionalid...

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Detalhes bibliográficos
Autor principal: Erreyes Rivera, Víctor Leonel (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado em: 2015
Assuntos:
Acesso em linha:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/8245
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Resumo:La Constitución de la República del Ecuador, dispone en su artículo 76 que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se garantizará el debido proceso que deberá observase varias garantías básicas, como el que la ley deberá establecer la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza, este principio constitucional hacer prever que toda sanción debe estar sujeta a esta disposición, pero en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el capítulo de sanciones dispone para el exceso de velocidad la detención del conductor, reducción de puntos en la licencia y una multa pecuniaria, esta infracción sin duda amerita una sanción frente a la cantidad de accidentes muchos de ellos fatales por esta causalidad, pero imponer sanciones desproporcionales en relación a otros tipos de infracciones, a más de violentar el espíritu constitucional estadísticamente se ha probado que un régimen punitivo extremo no disminuye ni las infracciones ni los delitos.