Alcances jurídicos de los Derechos de la Naturaleza establecidos en la Constitución de la República del Ecuador (2008), Capitulo VII, en cumplimiento con los principios de prevención y precaución del Derecho Ambiental
La presente investigación pretende establecer los Alcances Jurídicos de los Derechos de la Naturaleza Establecidos en la Constitución de la República del Ecuador (2008), Capitulo VII, en cumplimiento con los Principios de Prevención y Precaución del Derecho Ambiental. En el Capítulo I se establece e...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicat: |
2015
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| Matèries: | |
| Accés en línia: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/5205 |
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| Sumari: | La presente investigación pretende establecer los Alcances Jurídicos de los Derechos de la Naturaleza Establecidos en la Constitución de la República del Ecuador (2008), Capitulo VII, en cumplimiento con los Principios de Prevención y Precaución del Derecho Ambiental. En el Capítulo I se establece el problema de investigación y los objetivos de realizar la misma; en el Capítulo II se analizan temas generales respecto de la relación socioeconómica de la naturaleza y el hombre y las consecuencias de la forma en que se han llevado estas relaciones, se analiza la posición de la Naturaleza frente al Derecho, se estudian los siete principios del derecho ambiental con mayor énfasis en los Principios de Prevención y Precaución, se mencionan catorce instrumentos internacionales que dan fuerza a los principios estudiados y se diferencia a la naturaleza como objeto y sujeto de derechos analizando la teoría antropocéntrica y la biocéntrica conforme las Constituciones de 1998 y 2008; en el Capítulo III se establece el marco metodológico; en el Capítulo IV se fundamenta la no existencia de una relación intrínseca entre los principios y los derechos antes mencionados pues los principios solo son señalados pero no logran conforman una base sólida para la conservación de la naturaleza; en el Capítulo V se concluye y se recomienda reformar el Capítulo VII, de los Derechos de la Naturaleza, establecidos en la Constitución vigente; finalmente en el Capítulo VI se presenta la propuesta de la reforma mencionada. |
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