La respuesta del Ecuador a la Decisión 2019/C 373/04 de la Unión Europea contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

Adoptar medidas para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) es tarea de todos los Estados. Ecuador como país exportador de productos pesqueros a la Unión Europea (UE) mantiene la responsabilidad de cumplir con lo establecido en el Reglamento (CE) N° 1005/2008 del Consejo; p...

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Библиографические подробности
Главный автор: Zurita Malliquinga, Anabel Cristina (author)
Формат: bachelorThesis
Язык:spa
Опубликовано: 2024
Предметы:
Online-ссылка:https://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/33713
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Итог:Adoptar medidas para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) es tarea de todos los Estados. Ecuador como país exportador de productos pesqueros a la Unión Europea (UE) mantiene la responsabilidad de cumplir con lo establecido en el Reglamento (CE) N° 1005/2008 del Consejo; por el que, se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. En este sentido, la UE notificó al Ecuador sobre la posibilidad de ser considerado tercer país no cooperante mediante la Decisión 2019/C 373/04; debido a la presencia y amenaza de flotas extranjeras en los límites de su zona económica exclusiva, entre otras. La presente investigación, tiene como objetivo analizar la respuesta del Ecuador frente a la Decisión 2019/C 373/04 de la UE contra la pesca INDNR. En este sentido, el enfoque metodológico es cualitativo; por lo que, se aplicaron dos matrices de análisis a fin de examinar las medidas exhortadas en la Decisión de la UE y las medidas adoptadas por el Ecuador para combatir la pesca INDNR; y posteriormente, someter los resultados a una matriz de contraste. Mientras que, la técnica empleada fue el análisis de contenido y revisión documental. Por otro lado, las conclusiones de la investigación fueron redactadas en función de los objetivos específicos del estudio y del resultado de las matrices de análisis; de los cuales sobresale la medida de crear un marco jurídico sancionador y coercitivo; mientras que, el gobierno no ha elevado información respecto a las medidas de control de transbordos y matrículas de buques pesqueros. Finalmente, se recomendó varias medidas para solventar la pesca INDNR en el Ecuador, considerando las exhortadas por la UE.