Artículo 56 de la Ley de Semillas y vulneración de la Norma Constitucional que declara al Ecuador libre de transgénicos

El Estado garantiza los derechos protegidos por la Constitución, una persona debe vivir en condiciones que le permitan producir sus propios alimentos o comprarlos sin comprometer el ejercicio de sus demás derechos, en el Ecuador se encuentran garantizados los derechos por la Constitución; así mismo...

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Bibliografske podrobnosti
Glavni avtor: Sornoza Saltos, Mariuxi Mercedes (author)
Format: bachelorThesis
Jezik:spa
Izdano: 2018
Teme:
Online dostop:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/17078
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Opis
Izvleček:El Estado garantiza los derechos protegidos por la Constitución, una persona debe vivir en condiciones que le permitan producir sus propios alimentos o comprarlos sin comprometer el ejercicio de sus demás derechos, en el Ecuador se encuentran garantizados los derechos por la Constitución; así mismo de manera que se afecte a la biodiversidad y alteración genética también se encuentran en diferentes leyes como la ley de semillas; entre las normas jurídicas la más importante que existe es la Constitución que manifiesta en el artículo 401 que el Ecuador es un país libre de transgénicos y se permite su ingreso excepcionalmente y solo en caso de interés nacional debidamente fundamentado por la presidencia de la República y aprobado por la Asamblea Nacional. Después de que se declaró al Ecuador un país libre de transgénicos han sido muy pocos los avances del Estado para precautelar esta situación, siendo tal vez lo más importante la obligatoriedad de etiquetar los alimentos que contengan transgénicos, aunque las leyes lo permiten contraviniendo a la carta magna como se manifiesta en el artículo 56 de la ley de semillas, que permite el ingreso de los organismos genéticamente modificados