La omisión impropia en el Código Orgánico Integral Penal: ¿el actuar precedente constituye una de las fuentes de posición de garante?
La presente investigación tiene como finalidad estudiar dogmáticamente el análisis de los delitos de comisión por omisión en la legislación ecuatoriana, con todos los presupuestos jurídicos discutidos en la academia actual en derecho penal. Para el estudio de los delitos de omisión impropia es impor...
Uloženo v:
| Hlavní autor: | |
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| Médium: | masterThesis |
| Jazyk: | spa |
| Vydáno: |
2022
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| Témata: | |
| On-line přístup: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/26045 |
| Tagy: |
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| Shrnutí: | La presente investigación tiene como finalidad estudiar dogmáticamente el análisis de los delitos de comisión por omisión en la legislación ecuatoriana, con todos los presupuestos jurídicos discutidos en la academia actual en derecho penal. Para el estudio de los delitos de omisión impropia es importante conocer cuáles son las modalidades de conducta por las que se pueda cometer un delito, y cuáles son los elementos constitutivos de la capacidad de ejecutar la conducta ordenada por el Derecho. El desarrollo de la investigación está enfocada a estudiar la categoría dogmática de la tipicidad en los delitos de comisión por omisión, y conocer las principales diferencias entre los delitos de omisión propia e impropia y de igual manera estudiar a fondo los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales de omisión propia e impropia. De igual manera es muy importante enfocar en la investigación, cual ha sido el papel de posición de garante en la historia de la dogmática penal, así como también en el desarrollo de la tipificación en nuestra legislación ecuatoriana, para conocer cuáles son sus fuentes, y las formas de posición de garante, y conocer si nos encontramos actualizados con las demás legislaciones predominantes en derecho penal. El artículo 28 del Código Orgánico Integral Penal, es de mucha relevancia para la presente investigación, toda vez que se encuentra tipificado la omisión dolosa en conjunto con las fuentes de la posición de garante, para poder resolver la incógnita ¿el actuar precedente como fuente material de la posición de garante se encuentra previsto en nuestra legislación ecuatoriana?. |
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