El donante vivo en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células

A partir de la promulgación de la Constitución en el año 2008, el sistema legal del Estado atravesó cambios sustanciales en el cual fue imperativo la reorganización normativa de leyes que deben guardar estricto apego con preceptos constitucionales, esencialmente con los derechos fundamentales garant...

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Bibliographic Details
Main Author: Rodríguez Chávez, Vanessa Sofía (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2018
Subjects:
Online Access:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/14624
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Summary:A partir de la promulgación de la Constitución en el año 2008, el sistema legal del Estado atravesó cambios sustanciales en el cual fue imperativo la reorganización normativa de leyes que deben guardar estricto apego con preceptos constitucionales, esencialmente con los derechos fundamentales garantizados en la carta magna. Consecuentemente, en el año 2011 se promulga la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, la cual en articulo 33 literal b) como requisito previo para calificar como donante vivo, que la persona tenga parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad con el receptor, o sea su cónyuge o conviviente en unión libre, con la respectiva prueba de compatibilidad. En virtud de lo antes expuesto, es necesario profundizar y analizar la pertinencia legal y constitucional de los requisitos y condiciones establecidas por la Ley en su artículo 33, para ser aceptado como donante vivo, ya que esta prohibición legal puede llegar a vulnerar el derecho a la salud y a la vida.