La incidencia de enfermedades mentales en la comisión de delitos contra la vida consideradas como muertes violentas, y la necesidad de implementar peritos psiquiatras de oficio durante la fase de investigación previa por parte de fiscalía, al amparo de lo establecido en el art. 588 del Código Orgánico Integral Penal.

Actus non facit reum nisi mens sit rea, expresión en latín cuya traducción quiere decir "el acto no hace que la persona sea culpable a menos que la mente también sea culpable”, cómo poder determinar la culpabilidad de una persona en la comisión de un delito, como lo es el dar muerte de forma vi...

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Κύριος συγγραφέας: Montenegro Orozco, Karen Michelle (author)
Μορφή: bachelorThesis
Γλώσσα:spa
Έκδοση: 2016
Θέματα:
Διαθέσιμο Online:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/5898
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Περιγραφή
Περίληψη:Actus non facit reum nisi mens sit rea, expresión en latín cuya traducción quiere decir "el acto no hace que la persona sea culpable a menos que la mente también sea culpable”, cómo poder determinar la culpabilidad de una persona en la comisión de un delito, como lo es el dar muerte de forma violenta o denigrante a otro ser humano, únicamente con indicios materiales, sin tomar en cuenta los aspectos físicos y mentales que pudieron influir en sus acciones. Es importante señalar que no todo enfermo mental es un delincuente, y que no todo delincuente es un enfermo mental, pero, podemos considerar que a más violencia en la comisión de un hecho delictivo, más probabilidad existe que el actor de dicho delito, padezca algún tipo de trastorno mental. Es por ello que se presenta la necesidad de implementar peritos psiquiatras de oficio durante la Investigación de Previa por parte de Fiscalía, al amparo de lo establecido en el artículo 588 del Código Integral Penal, para de esta forma determinar verazmente los factores que influyeron en la comisión del delito pesquisable, basados en la premisa de que la aplicación de la Ley no solo debe ser legal, sino también justa.