Validez del consentimiento en el sexting de los adolescentes mayores de 14 años y su delimitación de responsabilidad penal respecto del artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal

La presente investigación tuvo como objeto determinar la validez del consentimiento en el sexting de los adolescentes mayores de 14 años y su responsabilidad penal respecto del artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal; a partir del estudio de fuentes doctrinarias y del criterio de expertos, d...

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Wedi'i Gadw mewn:
Manylion Llyfryddiaeth
Prif Awdur: Maldonado Villagómez, Geanina Fernanda (author)
Fformat: bachelorThesis
Iaith:spa
Cyhoeddwyd: 2022
Pynciau:
Mynediad Ar-lein:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/29061
Tagiau: Ychwanegu Tag
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Crynodeb:La presente investigación tuvo como objeto determinar la validez del consentimiento en el sexting de los adolescentes mayores de 14 años y su responsabilidad penal respecto del artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal; a partir del estudio de fuentes doctrinarias y del criterio de expertos, de tal manera que permitió entender al menor de edad como un sujeto de derechos incluyendo el derecho de libertad sexual, mismo que permite validar el consentimiento de los adolescentes en los actos sexuales que realizan; el enfoque corresponde a una investigación netamente cualitativa, por lo que se utilizaron los métodos inductivos y exegético; adicionalmente, se complementó la investigación con entrevistas a expertos en materia penal. Consecuentemente, la investigación determinó que el consentimiento de los adolescentes es válido, por tanto, no se puede punir la creación de contenido erótico en el que participa un menor de edad, mayor de 14 años.