La acumulación de penas en la Resolución CNJ No. 12-2015 vulnera el debido proceso, en el Ecuador año 2016.
La Corte Nacional como máximo órgano en la Administración de Justicia del País, tiene la facultad constitucional de emitir fallos jurisprudenciales cuando reiteren por tres ocasiones la misma opinión sobre un mismo punto o problema jurídico, mediante la Resolución No.12-2015 de fecha 22 de Septiembr...
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| Hovedforfatter: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Sprog: | spa |
| Udgivet: |
2017
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| Fag: | |
| Online adgang: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/9548 |
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| Summary: | La Corte Nacional como máximo órgano en la Administración de Justicia del País, tiene la facultad constitucional de emitir fallos jurisprudenciales cuando reiteren por tres ocasiones la misma opinión sobre un mismo punto o problema jurídico, mediante la Resolución No.12-2015 de fecha 22 de Septiembre del 2015, la Corte Nacional de Justicia, emite un precedente jurisprudencial en materia penal, mediante el cual resuelve la acumulación de penas privativas de libertad, para las personas infractoras que con su accionar incurra en uno o más verbos rectores constantes en el Art. 220.1 del Código Orgánico Integral Penal ; es decir resuelve la acumulación de penas para personas que trafiquen dos o más clases de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, asimilando este accionar ilícito con lo que en doctrina se denomina como “ Concurso Real de Delitos”, vulnerando derechos y garantías tanto de orden constitucional como procesal penal. |
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