La consulta popular promovida por los gobiernos subnacionales en temas de explotación de recursos naturales no renovables y su incidencia en las competencias exclusivas del Gobierno central.

La consulta popular es un mecanismo de participación que, según el inciso tercero del artículo 104 de la Constitución, puede ser de iniciativa de los niveles de gobierno subnacional, en los temas que sean de interés para su jurisdicción. Sin embargo, dado que estos temas no han sido especificados, e...

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Main Author: Borja Taco, Cynthia Carolina. (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2021
Subjects:
Online Access:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/23487
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Description
Summary:La consulta popular es un mecanismo de participación que, según el inciso tercero del artículo 104 de la Constitución, puede ser de iniciativa de los niveles de gobierno subnacional, en los temas que sean de interés para su jurisdicción. Sin embargo, dado que estos temas no han sido especificados, este artículo fue observado por la Asamblea Nacional dentro del paquete de enmiendas del año 2014, agregándose a su tenor la frase: “que sean de competencia del respectivo nivel de gobierno”. No obstante, esta reforma fue declarada inconstitucional en el año 2018, y el artículo en cuestión retornó a su texto original. De allí la libre iniciativa de los gobiernos subnacionales para tratar temas relativos a la explotación de recursos naturales no renovables, iniciativa que cobró mayor fuerza cuando la Corte Constitucional, en su dictamen 09-19-CP/19 estableció que, podían plantearse consultas sobre este tema, pero, además, que esta iniciativa puede provenir de los gobiernos subnacionales. En este sentido, esta investigación busca analizar la incidencia de esta iniciativa en las competencias exclusivas del Gobierno central; el potencial problema de gobernabilidad que puede representar para la Administración pública central; así como el conflicto entre el interés local y el nacional. Este análisis se desarrollará a partir del contexto de la unidad nacional en la Constitución.