El efecto jurídico de la resolución Nº 12-2015 emitida por el pleno de la Corte Nacional de Justicia vulnera el Principio de Proporcionalidad al sancionar mediante acumulación de penas el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal, en la Unidad Judicial de Flagrancia del Distrito Metropolitano de Quito, en el año 2016.

Al ser el Ecuador un Estado constitucional de derechos y justicia, debe tener como eje principal de su sistema jurídico a la Constitución de la República y a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en tal virtud, todas las normas jurídicas y los actos del poder público deberán mantener...

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Tác giả chính: Castillo Jaramillo, Gabriel Eduardo (author)
Định dạng: bachelorThesis
Ngôn ngữ:spa
Được phát hành: 2017
Những chủ đề:
Truy cập trực tuyến:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/9405
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Tóm tắt:Al ser el Ecuador un Estado constitucional de derechos y justicia, debe tener como eje principal de su sistema jurídico a la Constitución de la República y a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en tal virtud, todas las normas jurídicas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales. En la presente investigación se realizará un análisis jurídico meticuloso y sistemático de la Resolución Nº 12-2015 emitida por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, donde se demostrará que al aplicar dicha resolución se vulnera de manera directa el principio de proporcionalidad, y con él otros principios, generando como consecuencia el aumento desmesurado de penas para sancionar el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal. Además, se analizará, la forma con que se resolvió acumular penas, pues, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia se arrogó una facultad que no le corresponde, ya que, tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes, es una atribución que solo le corresponde a la Asamblea Nacional. La motivación insubsistente de la resolución también será objeto de estudio, asimismo, se estudiará por qué el Pleno de la Corte Nacional de Justicia no se funda en el concurso de infracciones para su decisión, empero, implementa una nueva modalidad para acumular penas, bajo la justificación de que la idoneidad del tipo penal para acumular la punición y garantizar la proporcionalidad de la pena, es la tabla reformatoria de cantidades de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para sancionar el tráfico ilícito en mínima, mediana, alta y gran escala, publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No. 0586, de 14 de septiembre de 2015, en base a lo que determina la disposición transitoria décimo quinta del Código Orgánico Integral Penal.