El efecto jurídico de la resolución Nº 12-2015 emitida por el pleno de la Corte Nacional de Justicia vulnera el Principio de Proporcionalidad al sancionar mediante acumulación de penas el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal, en la Unidad Judicial de Flagrancia del Distrito Metropolitano de Quito, en el año 2016.
Al ser el Ecuador un Estado constitucional de derechos y justicia, debe tener como eje principal de su sistema jurídico a la Constitución de la República y a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en tal virtud, todas las normas jurídicas y los actos del poder público deberán mantener...
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2017
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| description | Al ser el Ecuador un Estado constitucional de derechos y justicia, debe tener como eje principal de su sistema jurídico a la Constitución de la República y a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en tal virtud, todas las normas jurídicas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales. En la presente investigación se realizará un análisis jurídico meticuloso y sistemático de la Resolución Nº 12-2015 emitida por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, donde se demostrará que al aplicar dicha resolución se vulnera de manera directa el principio de proporcionalidad, y con él otros principios, generando como consecuencia el aumento desmesurado de penas para sancionar el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal. Además, se analizará, la forma con que se resolvió acumular penas, pues, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia se arrogó una facultad que no le corresponde, ya que, tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes, es una atribución que solo le corresponde a la Asamblea Nacional. La motivación insubsistente de la resolución también será objeto de estudio, asimismo, se estudiará por qué el Pleno de la Corte Nacional de Justicia no se funda en el concurso de infracciones para su decisión, empero, implementa una nueva modalidad para acumular penas, bajo la justificación de que la idoneidad del tipo penal para acumular la punición y garantizar la proporcionalidad de la pena, es la tabla reformatoria de cantidades de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para sancionar el tráfico ilícito en mínima, mediana, alta y gran escala, publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No. 0586, de 14 de septiembre de 2015, en base a lo que determina la disposición transitoria décimo quinta del Código Orgánico Integral Penal. |
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En la presente investigación se realizará un análisis jurídico meticuloso y sistemático de la Resolución Nº 12-2015 emitida por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, donde se demostrará que al aplicar dicha resolución se vulnera de manera directa el principio de proporcionalidad, y con él otros principios, generando como consecuencia el aumento desmesurado de penas para sancionar el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal. Además, se analizará, la forma con que se resolvió acumular penas, pues, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia se arrogó una facultad que no le corresponde, ya que, tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes, es una atribución que solo le corresponde a la Asamblea Nacional. La motivación insubsistente de la resolución también será objeto de estudio, asimismo, se estudiará por qué el Pleno de la Corte Nacional de Justicia no se funda en el concurso de infracciones para su decisión, empero, implementa una nueva modalidad para acumular penas, bajo la justificación de que la idoneidad del tipo penal para acumular la punición y garantizar la proporcionalidad de la pena, es la tabla reformatoria de cantidades de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para sancionar el tráfico ilícito en mínima, mediana, alta y gran escala, publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No. 0586, de 14 de septiembre de 2015, en base a lo que determina la disposición transitoria décimo quinta del Código Orgánico Integral Penal.Since Ecuador is a Constitutional State of Rights and Justice, it should have as its main axis of its legal system the Constitution of the Republic and the International Instruments of Human Rights, so all legal norms and acts of public power must maintain accordance with constitutional provisions. In the present investigation, a meticulous and systematic legal analysis of Resolution No. 12-2015 issued by the Plenum of the National Court of Justice will be carried out, demonstrating that in applying this resolution, the principle of proportionality is directly violated and the others, resulting in the excessive increase of penalties to sanction the crime of illicit trafficking in classified substances subject to inspection, typified in Article 220.1 of the Integrated Criminal Code. In addition, the way in which it was decided to accumulate penalties, is a power that was accepted by the Plenum of the National Court of Justice, because, to classify infractions and establish the corresponding sanctions, is attributed only to the National Assembly. The motivation of the resolution is insufficient; also, the Plenum of the National Court of Justice is not based on the contest of infractions. For its decision, however, it implements a new modality to accumulate penalties, under the justification that the suitability of the criminal type to accumulate punishment and ensure the proportionality of the penalty, is the reformatory table of amounts of narcotic and psychotropic substances to sanction the illicit traffic in minimum, medium, high and large scale, published in the second supplement of Official Register No. 0586, Of September 14, 2015, based on what determines the transitory provision fifteenth of the Integrated Code of Criminal Procedure.Quito: UCERomán Márquez, Álvaro Francisco2017-04-24T17:29:47Z2017-04-24T17:29:47Z2017-01info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfCastillo Jaramillo, Gabriel Eduardo (2017). El efecto jurídico de la resolución Nº 12-2015 emitida por el pleno de la Corte Nacional de Justicia vulnera el Principio de Proporcionalidad al sancionar mediante acumulación de penas el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización tipificado en el artículo 220.1 del Código Orgánico Integral Penal, en la Unidad Judicial de Flagrancia del Distrito Metropolitano de Quito, en el año 2016. Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de Abogado. Carrera de Derecho. Quito: UCE. 253 p.BIBLIOTECA DE JURISPRUDENCIA/T-Ab-42http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/9405spahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/info:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio de la Universidad Central del Ecuadorinstname:Universidad Central del Ecuadorinstacron:UCE2024-12-11T09:30:35Zoai:dspace.uce.edu.ec:25000/9405Institucionalhttp://www.dspace.uce.edu.ec/Universidad públicahttps://www.uce.edu.ec/http://www.dspace.uce.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:24872024-12-11T09:30:35Repositorio de la Universidad Central del Ecuador - Universidad Central del Ecuadorfalse |
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