La vulnerabilidad de los derechos humanos de la justicia indígena ecuatoriana, con referencia al pueblo de Pilahuin de la provincia de Tungurahua en los dos últimos años.
En el Ecuador y en los Países Latinoamericanos, durante décadas se ha hablado sobre la Justicia Indígena y durante todo este tiempo los países, y los gobiernos involucrados han tratado de trabajar de una manera más integra, social y de apoyo mutuo. Sin embargo el Estado mismo ha determinado que la j...
Tallennettuna:
| Päätekijä: | |
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| Aineistotyyppi: | bachelorThesis |
| Kieli: | spa |
| Julkaistu: |
2014
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| Aiheet: | |
| Linkit: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/3997 |
| Tagit: |
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| Yhteenveto: | En el Ecuador y en los Países Latinoamericanos, durante décadas se ha hablado sobre la Justicia Indígena y durante todo este tiempo los países, y los gobiernos involucrados han tratado de trabajar de una manera más integra, social y de apoyo mutuo. Sin embargo el Estado mismo ha determinado que la jurisdicción indígena es una manera de vínculo social, e integración para que sectores con menos atención de la jurisdicción ordinaria tenga apoyo de la jurisdicción indígena, para que puedan desarrollar y solucionar los conflictos internos de los pueblos indígenas. La reforma constitucional de 1998, reconoce la existencia de los pueblos indígenas como parte de Estado ecuatoriana y se consagra los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas, y entre esta la administración de la justicia indígena, con lo cual se genera el pluralismo jurídico y la existencia o no de la vulnerabilidad de los derechos humanos, pues se acepta la coexistencia de varios sistemas jurídicos con del Estado, así el art. 191 inciso cuarto, concede capacidad jurídica a favor de los pueblos y nacionalidades indígenas y menciona que las autoridades indígenas pueden impartir justicia, es decir velar porque los miembros de las circunscripción territoriales vivan en armonía y paz bajo un control social de la misma comunidad.Así mismo en la Constitución del 2008, se ratifica estos derechos a los pueblos y nacionalidades indígenas, (Art. 1 y 171 de la Constitución), y más aun con la intervención de la mujer por lo que hoy en día cumple un rol muy importante las mujeres en las comunidades. |
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