La consulta ambiental en el caso bosque protector “Los Cedros” frente a la actividad minera en el cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, año 2018.
La consulta ambiental debe informar ampliamente a la comunidad, para ello la información que el Estado proporcione a la o las comunidades afectadas debe ser accesible, clara, objetiva y completa, de tal manera que dichas comunidades puedan comprender plenamente el alcance e implicaciones de la decis...
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主要作者: | |
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格式: | bachelorThesis |
語言: | spa |
出版: |
2022
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主題: | |
在線閱讀: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/26261 |
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總結: | La consulta ambiental debe informar ampliamente a la comunidad, para ello la información que el Estado proporcione a la o las comunidades afectadas debe ser accesible, clara, objetiva y completa, de tal manera que dichas comunidades puedan comprender plenamente el alcance e implicaciones de la decisión o autorización estatal consultada, antes de la adopción de la misma. Los Cedros no es únicamente un bosque protector, sino que es el hábitat de especies en peligro crítico de extinción; es zona de amortiguamiento de una reserva ecológica; y, alberga bosques constitucionalmente clasificados como ecosistemas frágiles. Este caso, por tanto, no se refiere únicamente a minería en bosque protector, sino a minería en ecosistemas frágiles que son el hábitat de especies críticamente amenazadas de extinción. Por ello la importancia de proteger a la naturaleza, y una de las herramientas más factibles que existe en el país previo a la ejecución de proyectos es el de la consulta ambiental, entendiéndose, como el respeto unánime que resultará en el momento de ejercer ese principio de participación. El problema entonces, deriva de la interpretación de artículos que guardan concordancia con la consulta ambiental y están establecidos dentro de la Constitución de la República del Ecuador. El propósito al que se quiere llegar es el de identificar los vacíos legales, las contradicciones dentro del ordenamiento jurídico y la incorrecta aplicación de la ley en referencia a los derechos de la naturaleza y la actividad minera. |
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