El procedimiento para resolver el incidente de extinción del derecho de prestación alimenticia afecta a los derechos de los alimentantes

El tema del presente proyecto de investigación es la vulneración de derechos de los alimentantes con el procedimiento a seguir en los incidentes a la prestación alimenticia, ya que se deben presentar en base a lo establecido en el artículo 332 Código Orgánico General de Procesos, que establece que s...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Viteri Vela, Jenniffer Marlén (author)
Materiálatiipa: bachelorThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2018
Fáttát:
Liŋkkat:http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/15720
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:El tema del presente proyecto de investigación es la vulneración de derechos de los alimentantes con el procedimiento a seguir en los incidentes a la prestación alimenticia, ya que se deben presentar en base a lo establecido en el artículo 332 Código Orgánico General de Procesos, que establece que se deberán presentar mediante el procedimiento sumario, lo que ocasiona que no se respete lo que señala el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia y el mismo Código antes mencionado, esto es que la pensión alimenticia se debe hasta que el alimentado cumpla 21 años, por ello, al momento de solicitar la extinción, se necesita que exista la resolución en firme del juez de familia, que conceda dicha extinción, está pueda durar mucho tiempo, provocando que el alimentante siga cancelando la pensión, le corran intereses y sea sujeto de los apremios respectivos, esto no es justo ni legal. Se formuló la pregunta de investigación, si el incidente de extinción de la prestación alimenticia, al darse el trámite como cualquier incidente, vulnera los derechos de la persona que estaba obligada a pagarla, y luego del estudio y análisis respectivos, con el uso de los métodos y técnicas correspondientes, que son universalmente aceptados por la investigación científica, se concluyó que existe vulneración de los derechos, requiriendo una reforma de la ley en la que establezcan los parámetros para que no se afecte los derechos del alimentante.