La asignación del fondo partidario permanente y su relación con el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos y de los derechos de los movimientos y partidos políticos ecuatorianos en los periodos presidenciales 2013-2021.

La presente investigación tiene por objetivo dar una visión clara acerca del fondo partidario permanente, como un derecho único, a los movimientos y partidos políticos ecuatorianos, competencia establecida a cargo del Pleno del Consejo Nacional Electoral, mediante resolución administrativa. Sin emba...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Rosas Vaca, Mario Gander (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2024
Matèries:
Accés en línia:https://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/36065
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Sumari:La presente investigación tiene por objetivo dar una visión clara acerca del fondo partidario permanente, como un derecho único, a los movimientos y partidos políticos ecuatorianos, competencia establecida a cargo del Pleno del Consejo Nacional Electoral, mediante resolución administrativa. Sin embargo, tal resolución es apelada por los movimientos y partidos, ante el Tribunal Contencioso Electoral, encargada de la Administración de Justicia Electoral y de derechos políticos, órgano que, por desconocimiento en su aplicación, concluye aceptado todos los derechos a que tienen lugar los partidos y movimientos políticos ecuatorianos, sin observar cuestiones de fondo, por parte de los operadores de Justicia, así emiten sus sentencias de modo reglado y mecánico, siendo vulnerados los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas establecidos en la Constitución, esto es, el derecho a saber sobre los recursos públicos, su destino y su objetivo final, por lo que no existe una garantía de su uso adecuado; y por ende se ven vulnerados y afectados el interés social y nacional sobre el patrimonio del Estado. Por tanto, directamente afectan el derecho constitucional de la sociedad a conocer la verdad sobre los fondos públicos y a saber cómo utilizan los movimientos y partidos políticos que reciben el fondo partidario permanente, dentro de sus competencias y atribuciones.