Inseguridad jurídica en la ejecución de garantías de las pólizas de fiel cumplimiento y buen uso de anticipo en el contrato administrativo.
Mediante informe técnico fiscalizador realizado por la entidad contratante (Institución Pública) se da a conocer al contratista que no se ha dado cumplimiento con la realización de la obra en su totalidad, lo que se da por parte del asegurado la terminación unilateral del contrato por las causales e...
Tallennettuna:
| Päätekijä: | |
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| Aineistotyyppi: | bachelorThesis |
| Kieli: | spa |
| Julkaistu: |
2016
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| Aiheet: | |
| Linkit: | http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/5895 |
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| Yhteenveto: | Mediante informe técnico fiscalizador realizado por la entidad contratante (Institución Pública) se da a conocer al contratista que no se ha dado cumplimiento con la realización de la obra en su totalidad, lo que se da por parte del asegurado la terminación unilateral del contrato por las causales estipuladas en la respectiva Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el informe final de liquidación se determina el avance físico de la obra, es decir se determinan valores a pagar y si no paga el contratista, se solicita se ejecuten las garantías en este caso las pólizas de fiel cumplimiento y buen uso de anticipo sobre los valores que se determinen en el informe, lo que existen casos de que el informe tiene falencias y vulnera los derechos constitucionales de las partes con el cobro irreal de un valor inexistente, además de que se da un abuso de poder por parte de la legislación al determinar que el cobro sea irrevocable, incondicional y de cobro inmediato, sin previa revisión del informe técnico fiscalizador tanto por el contratista, la aseguradora y el asegurado; lo que ejecutan las garantías obligando a la aseguradora al pago de las mismas a sabiendas de que puede existir un error prominente en el informe técnico fiscalizador que perjudique al patrimonio de las partes. |
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