Propuesta de reforma en el COGEP : audiencias inaudita parte para providencias preventivas más efectivas.
Dentro del presente trabajo se abordará la problemática relacionada con las providencias preventivas y su efectividad en la práctica. El Código Orgánico General de Procesos (COGEP) regula estas medidas en un apartado específico, detallando el procedimiento para su otorgamiento, el cual consiste en r...
Gardado en:
| Autor Principal: | |
|---|---|
| Formato: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicado: |
2024
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| Subjects: | |
| Acceso en liña: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23728 |
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| Summary: | Dentro del presente trabajo se abordará la problemática relacionada con las providencias preventivas y su efectividad en la práctica. El Código Orgánico General de Procesos (COGEP) regula estas medidas en un apartado específico, detallando el procedimiento para su otorgamiento, el cual consiste en resolver dentro de audiencia dicha solicitud. Sin embargo, el COGEP nos establece que, para realizar una audiencia, es necesario que las partes se encuentren notificadas, lo cual genera un problema, debido que al ser notificada la parte que se le pretende realizar las providencias preventivas, no tiene ningún impedimento para ocultar los bienes que serán materia de litigio. El objetivo de este trabajo es proponer una reforma al artículo 127 del COGEP, que permita que el procedimiento previo a otorgar las providencias preventivas se realice mediante una audiencia inaudita parte, para mejorar la efectividad de esta medida. La metodología empleada para la fundamentación de este trabajo es la aplicación del derecho comparado, analizando otras legislaciones y doctrinas de otros países, así como la jurisprudencia ecuatoriana, con el fin de generar recomendaciones aplicables a futuros casos. |
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