El debido proceso en el derecho laboral, frente al Código Orgánico General de Procesos.

El objetivo principal de este estudio fue crear un programa de capacitación y difusión de información para jueces y abogados sobre los procedimientos de derecho laboral de acuerdo con las normas del COGEP. Se explicó la efectividad de los procedimientos abreviados a la luz de las pruebas como parte...

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Bibliographische Detailangaben
1. Verfasser: Calle González, Jonnathan Fabricio (author)
Format: masterThesis
Sprache:spa
Veröffentlicht: 2024
Schlagworte:
Online Zugang:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22541
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Beschreibung
Zusammenfassung:El objetivo principal de este estudio fue crear un programa de capacitación y difusión de información para jueces y abogados sobre los procedimientos de derecho laboral de acuerdo con las normas del COGEP. Se explicó la efectividad de los procedimientos abreviados a la luz de las pruebas como parte de los objetivos concretos y se establecieron programas de capacitación y difusión. Todas estas actividades se enmarcaron en el marco del juicio justo en el derecho laboral, que se examinó desde una perspectiva jurídica. ensayo llevado a cabo solo. A diferencia de las reglas generales de procedimiento organizacional, trabaja para garantizar la efectividad de las leyes laborales de debido proceso. Se ha señalado que en algunos de los casos examinados, una audiencia es insuficiente para demostrar una justificación específica, y que no se puede probar caso por caso, lo que indica que el proceso de trabajo es muy complicado. poder. prueba del demandante o del demandado. Se determina que las operaciones rutinarias de los negocios son consideradas como una garantía fundamental para las partes involucradas y como resguardos suficientes para asegurar el desarrollo de los procedimientos administrativos y judiciales de conformidad con los principios constitucionales y las leyes. Se determinó que las disputas laborales deben resolverse de acuerdo con los procesos habituales establecidos por el Ministerio de Trabajo, y se determinó que la Sección 575 de la Ley Laboral deberá ser enmendada por el Parlamento en el futuro.