Los juegos de azar en línea y el vacío legal en el COIP.
En el año 2011 mediante una Consulta Popular enviada por el presidente de eseentonces Rafael Correa, se votó a favor de la prohibición de los casinos, casas de apuestas y cualquier negocio en donde se realizará juegos de azar con fines de lucro. En ejecución a lo resuelto, en el año 2014 entró a vig...
Gardado en:
| Autor Principal: | |
|---|---|
| Formato: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicado: |
2024
|
| Subjects: | |
| Acceso en liña: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23768 |
| Tags: |
Engadir etiqueta
Sen Etiquetas, Sexa o primeiro en etiquetar este rexistro!
|
| Summary: | En el año 2011 mediante una Consulta Popular enviada por el presidente de eseentonces Rafael Correa, se votó a favor de la prohibición de los casinos, casas de apuestas y cualquier negocio en donde se realizará juegos de azar con fines de lucro. En ejecución a lo resuelto, en el año 2014 entró a vigencia el Código Orgánico IntegralPenal (COIP), en donde en su artículo 236 se establecía la prohibición y que a la persona de ponga en funcionamiento, administre o establezca estos lugares, serán sancionados de 3 a 5 años de prisión. A pesar de la prohibición, hace unos años comenzó auge de las apuestas y juegos por línea en donde no ha existidito una normativa para regular, ya que la que esta solo abarca para lugares en físicos. Y esto hace que haya un vacío legal en la norma. Otra cuestión, al estar de formar virtual, no cuentan con domicilio en el territorio, y por ende no pagan impuestos. Por esta razón se analizará si la prohibición establecida de juegos de azar con fines de lucro también involucra a los juegos de azar que se promueven de forma virtual. |
|---|