Los juegos de azar en línea y el vacío legal en el COIP.

En el año 2011 mediante una Consulta Popular enviada por el presidente de eseentonces Rafael Correa, se votó a favor de la prohibición de los casinos, casas de apuestas y cualquier negocio en donde se realizará juegos de azar con fines de lucro. En ejecución a lo resuelto, en el año 2014 entró a vig...

Descrición completa

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Estacio Quiñonez, John Álvaro (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2024
Subjects:
Acceso en liña:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23768
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Descripción
Summary:En el año 2011 mediante una Consulta Popular enviada por el presidente de eseentonces Rafael Correa, se votó a favor de la prohibición de los casinos, casas de apuestas y cualquier negocio en donde se realizará juegos de azar con fines de lucro. En ejecución a lo resuelto, en el año 2014 entró a vigencia el Código Orgánico IntegralPenal (COIP), en donde en su artículo 236 se establecía la prohibición y que a la persona de ponga en funcionamiento, administre o establezca estos lugares, serán sancionados de 3 a 5 años de prisión. A pesar de la prohibición, hace unos años comenzó auge de las apuestas y juegos por línea en donde no ha existidito una normativa para regular, ya que la que esta solo abarca para lugares en físicos. Y esto hace que haya un vacío legal en la norma. Otra cuestión, al estar de formar virtual, no cuentan con domicilio en el territorio, y por ende no pagan impuestos. Por esta razón se analizará si la prohibición establecida de juegos de azar con fines de lucro también involucra a los juegos de azar que se promueven de forma virtual.