La responsabilidad de los alimentantes subsidiarios de la tercera edad en la legislación ecuatoriana.

En la República del Ecuador el derecho de los niños, niñas y adolescentes, tiene una protección especial dentro de la normativa del país, dentro de las principales garantías esta su derecho a asegurarles una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente la misma que deberá ser otorgada según la n...

Cur síos iomlán

Sábháilte in:
Sonraí bibleagrafaíochta
Príomhchruthaitheoir: Ortiz Nivela, Milza Naomi (author)
Formáid: bachelorThesis
Teanga:spa
Foilsithe / Cruthaithe: 2023
Ábhair:
Rochtain ar líne:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/20793
Clibeanna: Cuir clib leis
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Cur síos
Achoimre:En la República del Ecuador el derecho de los niños, niñas y adolescentes, tiene una protección especial dentro de la normativa del país, dentro de las principales garantías esta su derecho a asegurarles una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente la misma que deberá ser otorgada según la normativa en primer lugar por los alimentantes principales, en segundo lugar como forma de caución por parte del legislador se puso a los abuelos que serán denominados alimentantes subsidiarios. Los abuelos son personas que en su gran mayoría oscilan una edad mayor a los 65 años, por lo tanto, serían parte de un grupo vulnerable lo que significa que poseen una protección especial otorgada por la Constitución de Montecristi, poniéndolos así en una situación jurídica bastante a la par con la de los niños, niñas y adolescente según nuestra normativa interna, por esto, resulta bastante ilógico que se le otorgue una carácter de exigibilidad a las disposiciones presentes en la normativa donde se dictamina que en caso de imposibilidad por parte de los obligados principales, los segundos en la línea llamados a retribuir económicamente sean los abuelos, mismos que en su mayoría debido a su situación física, económica solo poseen recursos necesarios para solventar sus propios gastos y necesidades.