Sistema notarial telemático en Ecuador y la seguridad jurídica.

El presente trabajo analiza el derecho constitucional de seguridad jurídica y los principios notariales de inmediación, unidad de acto, y fe pública en los que funda su actividad el notario para otorgar y autorizar actos y contratos previstos en las leyes ecuatorianas, en las que se viene utilizando...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Lozada Santana, Carlos Fernando (author)
Materiálatiipa: masterThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2023
Fáttát:
Liŋkkat:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22333
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:El presente trabajo analiza el derecho constitucional de seguridad jurídica y los principios notariales de inmediación, unidad de acto, y fe pública en los que funda su actividad el notario para otorgar y autorizar actos y contratos previstos en las leyes ecuatorianas, en las que se viene utilizando diferentes herramientas informáticas y que agilitan la prestación de un servicio notarial telemático integral. Se planteó como objetivo de investigación identificar los actos y contratos notariales que pueden implementarse de manera telemática. La metodología fue de enfoque cualitativo, consistió en revisar leyes, resoluciones y reglamentos que siendo evaluados desde la perspectiva del derecho constitucional a la seguridad jurídica. También, como método de recopilación de información se emplearon entrevistas. Los resultados señalan que el servicio notarial telemático es eficiente, seguro y ahorra tiempo al evitar desplazamientos y reducir costos. La comparecencia puede ser física o telemática según la Ley Notarial, siempre y cuando se cumplan requisitos como la firma electrónica. Las videoconferencias garantizan la unidad de acto y permiten realizar documentos notariales brindando seguridad jurídica y validez frente a terceros. Se concluye que la utilización de medios telemáticos no compromete la garantía de seguridad jurídica y los documentos firmados electrónicamente aseguran su inalterabilidad, mientras que las videoconferencias quedan grabadas y registradas.