La necesidad de extender el plazo para calificar la flagrancia en delitos de violencia psicológica.
En la Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres en su artículo 4 tenemos la definición de violencia de género: “cualquier acción o conducta basada en su género que cause o no muerte, daño/ y/o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, gineco-obstétrico a l...
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2024
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El objetivo general de este trabajo es Determinar la necesidad de extender el plazo de 24 a 48 horas para la audiencia de calificación de flagrancia para los delitos de violencia psicológica. La metodología aplicada en el presente trabajo fue enfoque exploratorio, para conocer la situación del porque surge la necesidad de extender el plazo a 48 horas para la calificación de flagrancia, siempre que exista persecución ininterrumpida entre la comisión del delito y la aprehensión. La investigación descriptiva permitió la comprensión del problema. Al adoptar este enfoque, se logra una delineación minuciosa de la necesidad de extender el plazo para calificar la flagrancia. Esto sentó una base sólida para investigaciones más profundas y contribuyó a una comprensión completa de las dimensiones del fenómeno bajo estudio. La investigación explicativa es una herramienta que permite proporcionar grandes detalles del que existe pequeña cantidad de información creando un esquema de investigación con evidencia concluyente. Por la tipología adoptada en esta investigación es necesario realizar un metaanálisis como herramienta principal. En los resultados se encontró los aspectos que resalta la intervención rápida y efectiva en el delito de violencia de género; es de urgencia al ser considerado un problema muy grave con resultados nefastos para las víctimas. Al extender el plazo de 48 horas de persecución ininterrumpida permitirá a las autoridades disponer de más tiempo para realizar las investigaciones correspondientes y aplicar las medidas legales dispuestas en el ordenamiento jurídico, y garantizar los derechos de las víctimas para reciban apoyo y protección durante todo el proceso y del supuesto perpetrador, garantizando los derechos para las partes involucradas.Article 4 of the Law to Prevent and Eradicate Violence against Women defines gender-based violence: "any action or conduct based on gender that may or may not cause death, physical, sexual, psychological, economic or patrimonial, gynecological-obstetric harm and/or suffering to women, both in the public and private spheres". (National Assembly, 2018, art. 4), gender-based violence exercised by intimate partners is a true fact, the proximity of an emotional nature tends to further complicate the situation of women, economic dependence is also considered whose role is important for this crime to exist, because it becomes a vicious circle of rape due to many factors including the economic. The general objective of this paper is to determine the need to extend the deadline to 48 hours for the flagrante delicto hearing for crimes of psychological violence. The methodology applied in this work was an exploratory approach, to know the situation of why the need arises to extend the term to 48 hours for the qualification of flagrante delicto if there is uninterrupted prosecution between the commission of the crime and the apprehension. Descriptive research allowed the understanding of the problem. By adopting this approach, a thorough delineation of the need to extend the time limit for qualifying flagrante delicto is achieved. This lays a solid foundation for further research and contributes to a complete understanding of the dimensions of the phenomenon under study. Explanatory research is a tool that allows us to provide large details about which there is a small amount of information, creating a research scheme with conclusive evidence. Due to the typology adopted in this research, it is necessary to conduct a metaanalysis as the main tool. The results found that the aspects that stand out are the rapid and effective intervention in the crime of gender violence is urgent as it is considered a fundamental problem with disastrous results for the victims. By extending the 48-hour period of uninterrupted prosecution, it will allow the authorities more time to carry ou the corresponding investigations and apply the legal measures provided for in the legal system and guarantee the rights of the victims to receive support and protection throughout the process and from the alleged perpetrator, guaranteeing the rights of the parties involvedUniversidad Católica de Santiago de GuayaquilVivar Álvarez, Juan Carlos2024-10-03T18:49:57Z2024-10-03T18:49:57Z2024-09-10info:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionapplication/pdfhttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23602spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/reponame:Repositorio Universidad Católica de Santiago de Guayaquilinstname:Universidad Católica de Santiago de Guayaquilinstacron:UCSG2024-10-03T18:49:57Zoai:repositorio.ucsg.edu.ec:3317/23602Institucionalhttp://repositorio.ucsg.edu.ec/Universidad privadahttps://www.ucsg.edu.ec/http://repositorio.ucsg.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:25662026-03-07T18:18:07.501407Repositorio Universidad Católica de Santiago de Guayaquil - Universidad Católica de Santiago de Guayaquiltrue |
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