Incumplimiento al régimen común sobre Propiedad Industrial conforme normas ecuatorianas sobre medidas en frontera.
El presente trabajo de titulación analiza el incumplimiento a la normativa andina realizado por el Ecuador al establecer la Ley Orgánica que Reforma Diversos Cuerpos Legales para Reforzar la Prevención y el Combate al Comercio Ilícito, Fortalecer la Industria Nacional y Fomentar el Comercio Electrón...
Сохранить в:
| Главный автор: | |
|---|---|
| Другие авторы: | |
| Формат: | bachelorThesis |
| Язык: | spa |
| Опубликовано: |
2022
|
| Предметы: | |
| Online-ссылка: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19565 |
| Метки: |
Добавить метку
Нет меток, Требуется 1-ая метка записи!
|
| Итог: | El presente trabajo de titulación analiza el incumplimiento a la normativa andina realizado por el Ecuador al establecer la Ley Orgánica que Reforma Diversos Cuerpos Legales para Reforzar la Prevención y el Combate al Comercio Ilícito, Fortalecer la Industria Nacional y Fomentar el Comercio Electrónico en el Registro Oficial No. 525 (Quinto Suplemento) con fecha 27 de agosto de 2021, con la cual se incumple el mínimo indispensable sobre las medidas en frontera, establecido así con carácter supranacional en la decisión 486 de la Comunidad Andina al legislar más de lo conferido por la presente decisión. El estudio investigativo dogmático realizado, se centra en la Decisión 486 sobre el Régimen Común sobre Propiedad Industrial Capítulo III referente a las medidas en frontera de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) en donde se establece que los países miembros no pueden legislar más derechos de los establecidos en la decisión antes ya mencionada, esto lo reitera el Tribunal Andino de Justicia de la CAN en las interpretaciones Prejudiciales a lo largo de los años. De igual forma, mencionamos que el objetivo central de nuestra investigación va encaminado a la correcta aplicación de los derechos exclusivos conferidos por la normativa andina en las medidas en frontera, que son de obligatorio cumplimiento para los países miembros; todo esto con el propósito de evitar futuras sanciones que afectarán al Ecuador por la mala aplicación de la normativa andina. |
|---|