La preferencia de la madre en la custodia los hijos, vulnera el principio de corresponsabilidad establecido en la Constitución de la República del Ecuador .
Al presentarse la ruptura de relación de pareja con ello sobreviene crisis que de alguna manera afectan la armonía familiar, una de ellas es la de decidir coherentemente cuál de los progenitores se va a encargar del cuidado delos hijos, es decir quién asumirá la custodia, tratándose del Ecuador, por...
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| Main Author: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2017
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| Subjects: | |
| Online Access: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/9537 |
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| Summary: | Al presentarse la ruptura de relación de pareja con ello sobreviene crisis que de alguna manera afectan la armonía familiar, una de ellas es la de decidir coherentemente cuál de los progenitores se va a encargar del cuidado delos hijos, es decir quién asumirá la custodia, tratándose del Ecuador, por lo general preferentemente es otorgada en favor de la madre, tal como lo establece la normativa legal vigente. En este sentido, es necesario tener especial cuidado, pues en la mayoría de los casos son los menores quienes resultan mayormente afectados a consecuencia de la separación o divorcio de sus padres, ellos se convierten en víctimas silenciosas y son quienes tendrán que adaptarse a nuevos círculos familiares, inclusive totalmente inciertos. Lo más conveniente para todos es que ambos progenitores a través de consenso acuerden respecto a la custodia, pero siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño, bien podría ser compartida o alternada, sin embargo, esto no se logra, pues se superponen otros intereses que son propios de los adultos y ninguno quiere ceder y entonces será el juez quien tendrá que tomar la decisión. Considerando lo expresado anteriormente, se hace necesario que en el Ecuador se introduzca jurídicamente la figura de custodia compartida, con el ánimo de lograr la participación continua de ambos progenitores en la formación y crianza de los niños y niñas menores de cinco años. |
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