La problemática de la negativa en el acceso judicial de la prueba, conforme el Código Orgánico General de Procesos.

La implementación del código Orgánico General de Procesos ha traído consigo un cambio de paradigma procesal, iniciando por la oportunidad probatoria, en la presentación de la demanda, he aquí nace la interrogante ¿Cómo acceder a la prueba en poder de terceros? Pese a que el artículo 159 inciso 3 lo...

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Main Author: Medina Condoy, María Isabel (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2018
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10634
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Summary:La implementación del código Orgánico General de Procesos ha traído consigo un cambio de paradigma procesal, iniciando por la oportunidad probatoria, en la presentación de la demanda, he aquí nace la interrogante ¿Cómo acceder a la prueba en poder de terceros? Pese a que el artículo 159 inciso 3 lo contempla el acceso a la prueba en poder de terceros, pero el problema resulta en la aplicación, porque los juzgadores a excepción de niñez y adolescencia, amparados en el artículo 231 numeral 4 del Código Orgánico de la Función Judicial, indican que deben adjuntar y agotar la instancia es decir pre constituir la prueba o justificar que no fue posible obtenerla y adjuntarla en el acto de proposición, ocasionando tardanza en la administración de justicia, lo óptimo es acceder a la prueba en poder de terceros sin restricción, garantizando la tutela judicial efectiva, que el estado tiene con los ciudadanos. La prueba de acceso ha sido una problemática, que todos los que ejercen el derecho a diario, hemos notado la dificultad debido a que a diferencia de la prueba disponible que se la puede adjuntar al acto de proposición, la prueba de acceso se la debe anunciar en el momento procesal oportuno, pero la incertidumbre nace cuando el juez te deniega el acceso a la prueba que beneficia a la parte que la pide, en mi criterio constituye una verdadera indefensión que deja el juzgador a la parte interesada en acceder a la prueba en poder de terceros.