Potestad de la autoridad ambiental nacional bajo el principio de subsidiariedad para requerir destrucción de desechos peligrosos e incentivos a la iniciativa privada.
La gestión de desechos peligrosos requiere de una correcta articulación entre la normativa legal ambiental y la dinámica industrial de un país. En el Ecuador la dinámica industrial ha superado al derecho positivo ambiental en este campo, lo cual genera inconvenientes a los generadores de desechos pe...
Kaydedildi:
| Yazar: | |
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| Materyal Türü: | bachelorThesis |
| Dil: | spa |
| Baskı/Yayın Bilgisi: |
2018
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| Konular: | |
| Online Erişim: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10632 |
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| Özet: | La gestión de desechos peligrosos requiere de una correcta articulación entre la normativa legal ambiental y la dinámica industrial de un país. En el Ecuador la dinámica industrial ha superado al derecho positivo ambiental en este campo, lo cual genera inconvenientes a los generadores de desechos peligrosos, ya que no pueden contratar servicios autorizados de transporte, tratamiento, eliminación o disposición final, no por costos, sino porque no existen. Entre las causa raíz de este problema radican los elevados costos y extensos trámites administrativos que deben ser satisfechos por la iniciativa privada para calificarse como gestor ambiental, replicando en muchos casos estudios técnicos cuyos resultados ya han sido demostrados por instituciones internacionales especializadas. Este trabajo considera una serie de modificaciones en este marco legal, que permitirán que tanto el Estado como el sector privado puedan cada uno en su campo desarrollar actividades que en conjunto reducirán el riesgo de generar un daño ambiental por una deficiente gestión de desechos peligrosos. Los cambios legales permitirán para el sector privado incluir dentro de los incentivos ambientales existentes al tema de desecho peligrosos, así como el de apoyarse en la experiencia internacional que limite pruebas y ensayos para nuevas técnicas de tratamiento, eliminación o disposición final de desechos, mientras que para el Estado se le dará la potestad de actuar de forma subsidiaria y de manera preventiva o precautelatoria, para definir una correcta gestión de un desecho peligroso y de ser el caso pueda repetir hacia el responsable del desecho peligroso. |
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