Limitaciones al derecho de la comunicación de los ecuatorianos luego de la aprobación de las enmiendas constitucionales de diciembre del 2015.
El derecho a la comunicación es un bien jurídico protegido a nivel mundial dado que es el alma de la libertad, democracia e igualdad de oportunidades de desarrollo del hombre. Las constituciones del Ecuador desde 1830 hasta el 2008 han sido consecuentes con este invalorable derecho, cada una con un...
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| Main Author: | |
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| Format: | bachelorThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2016
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| Subjects: | |
| Online Access: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7168 |
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| Summary: | El derecho a la comunicación es un bien jurídico protegido a nivel mundial dado que es el alma de la libertad, democracia e igualdad de oportunidades de desarrollo del hombre. Las constituciones del Ecuador desde 1830 hasta el 2008 han sido consecuentes con este invalorable derecho, cada una con un enfoque y profundidad distintos pero con un factor común; la definición del derecho a la comunicación e información como texto infaltable en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Actualmente ese bien jurídico se encuentra sujeto a limitaciones por la enmienda constitucional aprobada en Diciembre de 2015 que lo han convertido en un servicio público, administrado por el gobierno de turno, quien finalmente será quien rija los contenidos así como los incentivos o sanciones de acuerdo a esta nueva ley. Es indispensable revisar los antecedentes que convirtieron a la comunicación en un servicio público y reflexionar sobre las consecuencias futuras para el Ecuador. |
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