Gestión colectiva o gestión independiente. El papel de las sociedades de gestión colectiva en la industria de la música ecuatoriana.
En Ecuador, el artículo 22 del código INGENIOS (Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación) prevé el derecho de las personas a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les corresponda por las producciones científicas, literar...
Tallennettuna:
| Päätekijä: | |
|---|---|
| Aineistotyyppi: | bachelorThesis |
| Kieli: | spa |
| Julkaistu: |
2019
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| Aiheet: | |
| Linkit: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13681 |
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| Yhteenveto: | En Ecuador, el artículo 22 del código INGENIOS (Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación) prevé el derecho de las personas a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les corresponda por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría, por ello, para la recaudación de estos derechos, nuestra legislación contempla la existencia de las sociedades de gestión colectiva, sin embargo el titular de los derechos no tiene la obligación de vincularse por lo que es pertinente analizar jurídicamente la elección del titular entre gestión individual o la gestión colectiva de sus derechos. La gestión de los derechos de autor y derechos afines comprende la concesión de licencias a los usuarios, la auditoría, el seguimiento del ejercicio de los derechos, la protección de los derechos de autor y derechos afines, el cobro de los ingresos derivados de la explotación de los derechos y el reparto de las cantidades que deben abonarse a los titulares de derechos. |
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