Procede una acción extraordinaria de protección contra un auto que declara la nulidad de un proceso.
Con la entrada en vigor de la Constitución de Montecristi en el año 2008, el Estado Ecuatoriano pasó clásico esquema de Estado de Derecho hacia uno de Estado constitucional, de derechos y justicia, dando origen a la que la doctrina llama era constitucionalista. La nueva Carta Magna además de acoger...
Kaydedildi:
| Yazar: | |
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| Materyal Türü: | bachelorThesis |
| Dil: | spa |
| Baskı/Yayın Bilgisi: |
2019
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| Konular: | |
| Online Erişim: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13116 |
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| Özet: | Con la entrada en vigor de la Constitución de Montecristi en el año 2008, el Estado Ecuatoriano pasó clásico esquema de Estado de Derecho hacia uno de Estado constitucional, de derechos y justicia, dando origen a la que la doctrina llama era constitucionalista. La nueva Carta Magna además de acoger la clásica estructura bipartita, según la cual las constituciones tenían una parte dogmática y otra orgánica, instauró un Sistema de Garantías que permite una relación mucho más equilibrada entre los órganos de poder (parte orgánica) y los derechos fundamentales (parte dogmática). Dentro de este Sistema de Garantías está incluido el subtipo de las garantías jurisdiccionales, dentro de las cuales destaca la acción extraordinaria de protección, cuyo objeto es el de proteger los derechos constitucionales y el debido proceso en sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerzas de sentencia. No obstante, nuestra Corte Constitucional en su Sala de Admisión ha tenido un serio conflicto a la hora de determinar lo que debe entenderse por un “auto definitivo”, provocando que no exista un criterio uniforme para la admisión de acciones extraordinarias de protección respecto a casos concretos, como las deducidas en contra de autos que declaran la nulidad de un proceso. Es así, que el presente estudio tiene como objeto analizar la viabilidad de la admisión de este tipo de acciones en contra de los referidos autos, para eso se procederá a esbozar un análisis integral de los conceptos de auto, de nulidad y de los presupuestos normativos exigidos por la Constitución. |
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