La expropiación como facultad impositiva del Estado.
El Estado, entidad que regula la conducta de la sociedad, goza de prerrogativas que le son atribuidas por la Constitución o Ley Suprema que lo rige y organiza. Una de ellas es la facultad impositiva de la que goza este ente y que sirve para retirar de la esfera privada los bienes de los particulares...
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| Autore principale: | |
|---|---|
| Natura: | bachelorThesis |
| Lingua: | spa |
| Pubblicazione: |
2017
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| Soggetti: | |
| Accesso online: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/9617 |
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| Riassunto: | El Estado, entidad que regula la conducta de la sociedad, goza de prerrogativas que le son atribuidas por la Constitución o Ley Suprema que lo rige y organiza. Una de ellas es la facultad impositiva de la que goza este ente y que sirve para retirar de la esfera privada los bienes de los particulares para satisfacer las necesidades públicas que generen beneficios y réditos a una colectividad de ciudadanos. Aquella posibilidad es conocida como la expropiación, la misma que debe realizarse mediando previamente una declaratoria de utilidad pública o de interés social, la cual señale la identificación del bien y la motivación, que debe ser para un fin social, como contraparte del menoscabo al derecho a la propiedad. Instrumento obligatorio que traduce la necesidad del Estado y su conglomerado. La expropiación, como figura jurídica universal, con el paso de los años ha evolucionado, empezando por las primeras leyes civiles romanas, las que se contenían una pequeña dosis de garantismo para las personas afectadas con la declaración de utilidad pública, se ha ido puliendo con el transcurso del tiempo hasta llegar a ser lo que es hoy, una manera de satisfacer necesidades públicas afectando bienes ajenos que se sacrifican para la consecución de un bien mayor, el bien común. |
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