Notificación del estado de discapacidad. ¿Obligatorio o facultativo en materia laboral?.
A lo largo del tiempo en el Ecuador, siendo un país garantista, se han incluido un sin número de derechos, principios, y cuerpos normativos con el fin de precautelar, y velar siempre por los derechos de las personas. Es así que la constitución de la república del ecuador trata la inclusión laboral d...
-д хадгалсан:
| Үндсэн зохиолч: | |
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| Бусад зохиолчид: | |
| Формат: | bachelorThesis |
| Хэл сонгох: | spa |
| Хэвлэсэн: |
2021
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| Нөхцлүүд: | |
| Онлайн хандалт: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/17524 |
| Шошгууд: |
Шошго нэмэх
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| Тойм: | A lo largo del tiempo en el Ecuador, siendo un país garantista, se han incluido un sin número de derechos, principios, y cuerpos normativos con el fin de precautelar, y velar siempre por los derechos de las personas. Es así que la constitución de la república del ecuador trata la inclusión laboral de las personas con discapacidad. En el 2012 se expidió la Ley Orgánica de Discapacidades en la que, en su artículo 51 menciona la estabilidad laboral y que, en caso de despido intempestivo a las personas con discapacidad, le corresponde una indemnización, pero lo que no está contemplado en la Ley de discapacidad ni en el Código de Trabajo, es si el trabajador le debe de notificar de manera obligatoria o facultativa el estado de discapacidad o si tiene a cargo a una persona con discapacidad. En el 2021 se emitió una sentencia de casación de la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia en la que se discute sobre la notificación del estado de discapacidad, y si cabe o no la indemnización correspondiente a la ley de discapacidades por despido intempestivo. La corte resuelve que si cabe el pago de la indemnización le haya notificado o no la condición de discapacidad, argumentando que le corresponde al empleador investigar y buscar los medios necesarios para conocimiento del mismo. Habiendo dicho esto llegamos a la conclusión de que el trabajador debe notificar obligatoriamente el estado de discapacidad o si tiene a cargo a una persona con discapacidad, para evitar un posible conflicto entre derechos constitucionales. |
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