Las tercerías en el Código Orgánico General de Procesos.
La figura procesal de los terceristas en el Código Orgánico General de Procesos, misma que se clasifica en tercerías coadyuvantes y excluyentes de dominio, se encuentra regulada de una manera incompleta, ya que existen juicios en donde comparecen terceristas, sin embargo, la ausencia de ciertas norm...
Uloženo v:
| Hlavní autor: | |
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| Další autoři: | |
| Médium: | bachelorThesis |
| Jazyk: | spa |
| Vydáno: |
2019
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| Témata: | |
| On-line přístup: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13751 |
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| Shrnutí: | La figura procesal de los terceristas en el Código Orgánico General de Procesos, misma que se clasifica en tercerías coadyuvantes y excluyentes de dominio, se encuentra regulada de una manera incompleta, ya que existen juicios en donde comparecen terceristas, sin embargo, la ausencia de ciertas normas que establezcan las directrices torna complicado la adecuada administración de justicia respecto a su aplicación. Se podrá visualizar que en el antiguo código procesal, es decir, el Código de Procedimiento Civil establecía normas para la aplicación que actualmente no rigen en el Código Orgánico General de Procesos, de igual forma, se podrá apreciar en el derecho comparado, como otros países regulan las tercerías para el correcto desenvolvimiento de los juicios. Se llegará a la observación de una necesidad por normar adecuadamente la mencionada figura procesal, recogiendo las disposiciones del Código de Procedimiento Civil y de poder aplicar las legislaciones extranjeras que sirvan de ejemplo para cubrir los vacíos legales, conduciendo a una correcta administración de justicia. |
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