Implicaciones jurídicas por la desclasificación de las PPL del grupo de atención prioritaria.

Nuestro país está experimentando momentos muy duros en cuanto a nuestra seguridad y la de nuestra familia debido a la ola de inseguridad la cual es el pan de cada día, es por ello que nuestro presidente, analizando la situación por la que atravesamos todos los ecuatorianos, presentó la reforma de el...

Descrizione completa

Salvato in:
Dettagli Bibliografici
Autore principale: Feijoo Ruilova, Mariela Lisseth (author)
Natura: bachelorThesis
Lingua:spa
Pubblicazione: 2025
Soggetti:
Accesso online:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/24581
Tags: Aggiungi Tag
Nessun Tag, puoi essere il primo ad aggiungerne!!
Descrizione
Riassunto:Nuestro país está experimentando momentos muy duros en cuanto a nuestra seguridad y la de nuestra familia debido a la ola de inseguridad la cual es el pan de cada día, es por ello que nuestro presidente, analizando la situación por la que atravesamos todos los ecuatorianos, presentó la reforma de eliminar como grupo prioritario a las personas privadas de libertad, quizá para la mayoría es una buena noticia, quizá, es por ello que este trabajo se centró en analizar cuáles serían las implicaciones jurídicas derivadas de la posible reforma constitucional que pretende eliminar a las personas privadas de libertad como grupo prioritario en Ecuador. Este cambio, al modificar su estatus en la Constitución de la República, plantea una serie de consecuencias legales y sociales en cuanto a la protección de los derechos fundamentales de este colectivo. El trabajo, identifica, los efectos inmediatos de la reforma si llegara a darse en torno a la categoría a la que pertenecen las personas privadas de libertad y sus resultados sobre la atención que el Estado les debe prestar en materias fundamentales: salud, educación, trabajo, acceso a programas de rehabilitación con la finalidad de una plena reinserción social. Si bien su eliminación no significa desprotección absoluta, sí implica una eliminación relativa del apoyo estatal y, por tanto, una potencial reducción de los recursos consagrados en este grupo de personas vulnerables. A modo de ejemplo, esto podría traducirse en la existencia de condiciones de vida incluso más desfavorables y, por otro lado, menor efectividad en los programas de rehabilitación. Se examina la influencia que este cambio puede tener en la adhesión del Ecuador a sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos, particularmente en relación con los tratados internacionales que salvaguardan los derechos a la libertad de las personas privadas. La desclasificación de este grupo podría generar conflictos jurídicos entre la legislación nacional y los estándares internacionales, lo que podría dar lugar a acciones legales contra organizaciones internacionales que cuestionen el trato a los particulares respecto de sus derechos y libertades. Podemos argumentar que, al momento de eliminar a este grupo prioritario, no se lo debería tomar como si fuera una reversión a sus derechos, pero sin embargo su efecto tendría un alto significado negativo, si no se toman medidas estrictas a nivel legislativo y gubernamental. Es por ello que en este trabajo se han formulado recomendaciones para disminuir los efectos que pueda ocasionar esta reforma, si esta llegara a aprobarse , tales como la reorientación de la política penitenciaria enfocada en derechos humanos, establecer mecanismos de supervisión y control independiente, priorizar la rehabilitación y reinserción social creando programas específicos para ello, promover la participación civil bajo la supervisión del sistema penitenciario y fomentar una reforma legislativa complementaria para regular los derechos de las personas privadas de libertad. En conclusión, este trabajo sostiene que, a pesar de los desafíos legales y sociales derivados que se puedan presentar en esta posible reforma, sí es posible preservar sus derechos en Ecuador, mediante reformas complementarias que aseguren la continuidad y efectividad de los programas de rehabilitación, reinserción y acceso a derechos humanos fundamentales. Esto, a su vez, contribuiría a una mejor integración social de las personas privadas de libertad y a una sociedad más justa y equitativa.