Análisis de las resoluciones emitidas por el COE Nacional durante y después del estado de excepción, con relación a las sanciones impuestas en materia de tránsito y el conflicto que puede surgir en cuanto a lo dispuesto por el ART. 282 DEL COIP, respetando los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, razonabilidad y de tutela judicial efectiva.

El presenté trabajo de investigación donde se trata el análisis de las resoluciones emitidas por el COE nacional durante y después del estado de excepción, con relación a las sanciones impuestas en materia de tránsito y el conflicto que puede surgir en cuanto a lo dispuesto por el art. 282 del Códig...

Deskribapen osoa

Gorde:
Xehetasun bibliografikoak
Egile nagusia: López Echeverria, Luis Miguel (author)
Formatua: bachelorThesis
Hizkuntza:spa
Argitaratua: 2021
Gaiak:
Sarrera elektronikoa:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16565
Etiketak: Etiketa erantsi
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Deskribapena
Gaia:El presenté trabajo de investigación donde se trata el análisis de las resoluciones emitidas por el COE nacional durante y después del estado de excepción, con relación a las sanciones impuestas en materia de tránsito y el conflicto que puede surgir en cuanto a lo dispuesto por el art. 282 del Código Orgánico Integral Penal, respetando los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y de tutela judicial efectiva, verificando si en las resoluciones emitidas por dicha institución respetaron los principios constitucionales consagrados en la constitución, esto es, lo que dispone el artículo 164 de nuestra constitución señala los principios básicos por lo cual se rige el estado de excepción “…El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. Puesto que dentro del marco social se presentaron problemas suigéneris ante un panorama único en el país, pero que ante dicha situación, el marco jurídico no debería ser irrespetado, peor aún cambiado. Por tal motivo, se realiza un análisis de los principios constitucionales mencionados, y a la par, el análisis, que, ante la falta de ley, tuvieron que enmarcarse en el tipo penal constituido en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal.