La remoción del notario por haber sido llamado a juicio penal.
A lo largo de la exposición del presente trabajo de titulación se mostrará un análisis de las normas que disponen la remoción del notario como servidor de la función judicial si es que este tiene un auto de llamamiento a un juicio por haber sido involucrado en delitos que están tipificados en el Cód...
Tallennettuna:
| Päätekijä: | |
|---|---|
| Aineistotyyppi: | bachelorThesis |
| Kieli: | spa |
| Julkaistu: |
2022
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| Aiheet: | |
| Linkit: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/18678 |
| Tagit: |
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| Yhteenveto: | A lo largo de la exposición del presente trabajo de titulación se mostrará un análisis de las normas que disponen la remoción del notario como servidor de la función judicial si es que este tiene un auto de llamamiento a un juicio por haber sido involucrado en delitos que están tipificados en el Código Orgánico Integral Penal y son sancionados con prisión o reclusión en conformidad con el artículo 77 numeral 3 y en concordancia con el artículo 122 numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial. En la primera parte de la investigación se presentará la naturaleza jurídica de la remoción y el procedimiento que sigue el Consejo de la Judicatura para remover a un notario que ha sido llamado a juicio penal. La segunda parte en cambio se centra en analizar una Acción de Protección que se presentó en contra del Director General del Consejo de la Judicatura por haber llevado a cabo la remoción de una notaria en el año 2020 vulnerando su derecho a la presunción de inocencia. El objeto principal de este análisis es demostrar que existe una antinomia entre la norma que regula la remoción que es de carácter infra constitucional y la norma que establece el derecho a la presunción de inocencia como garantía básica del debido proceso que se encuentra en el artículo 76 numeral 2 de la Constitución, con la finalidad de determinar la inconstitucionalidad del numeral 3 del artículo 77 en el Código Orgánico de la Función Judicial. |
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