La vulneración del debido proceso en la notificación única y la contestación contenidas en los artículos 9 y 10 del Acuerdo Ministerial No MDT-2021-219 referente a la norma técnica que regula el procedimiento de visto bueno.

La presente investigación tiene como objetivo general analizar las consecuencias y la vulneración al debido proceso con la notificación única y la contestación contenidas en los artículos 9 y 10 del Acuerdo Ministerial No MDT-2021-219 referente a la Norma Técnica que regula el procedimiento de Visto...

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Bibliographic Details
Main Author: Maldonado Dután, Patricio Javier (author)
Format: masterThesis
Language:spa
Published: 2022
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/20179
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Summary:La presente investigación tiene como objetivo general analizar las consecuencias y la vulneración al debido proceso con la notificación única y la contestación contenidas en los artículos 9 y 10 del Acuerdo Ministerial No MDT-2021-219 referente a la Norma Técnica que regula el procedimiento de Visto Bueno, para luego analizar las posibles alternativas para evitar que la Norma Técnica vulnere el derecho a la defensa de la parte accionada en el procedimiento antes mencionado. Como antecedentes previos destacan las investigaciones de Caicedo y Monesterolo que han realizado estudios similares. Para el avance de la investigación dentro de la metodología se eligió por el diseño no experimental en virtud que no se maniobran de manera intencional las variables. En cuanto al método se consideró el deductivo ya que simboliza parte de la construcción del análisis que tiene el investigador sobre el argumento que se indaga. Con respecto a la población está integrada por 200 abogados litigantes en materia laboral en la ciudad de Guayaquil. Los resultados demostraron la vulneración del debido proceso, lo cual se ratificó dentro de la discusión planteada en la investigación. Como conclusión se propone la modificación de los artículos 9 y 10 de la norma técnica que regula el procedimiento de visto bueno, para los efectos de que exista mayor tiempo y poder dar contestación a la solicitud dentro de este tipo de trámites administrativos por parte del accionado.