Análisis de los impactos tributarios de la ley de régimen tributario interno y su reglamento en empresas multinacionales relacionados con la ley orgánica de incentivos a la producción y prevención del fraude fiscal.
El presente trabajo de titulación está orientado a ser una guía de análisis y de aplicación de las reformas tributarias que tendrán efectos en la declaración del impuesto a la renta del ejercicio económico 2015. Para ello procederemos a describir ciertos artículos reformados mediante la publicación...
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| 第一著者: | |
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| その他の著者: | |
| フォーマット: | bachelorThesis |
| 言語: | spa |
| 出版事項: |
2015
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| 主題: | |
| オンライン・アクセス: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/4598 |
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| 要約: | El presente trabajo de titulación está orientado a ser una guía de análisis y de aplicación de las reformas tributarias que tendrán efectos en la declaración del impuesto a la renta del ejercicio económico 2015. Para ello procederemos a describir ciertos artículos reformados mediante la publicación la Ley de Incentivos tributaria y Prevención al Fraude Fiscal relacionados con la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) y su Reglamento de Aplicación (RLRTI), y que tengan una incidencia significativa en las decisiones económicas de las empresas multinacionales. Mediante un estudio no experimental, hipotético-deductivo se analizó los cambios aprobados y publicados mediante Registros Oficiales durante el periodo fiscal 2014 y 2015. A través de ellos las empresas podrán cumplir los nuevos cambios anti-elución y beneficiar de manera continua los objetivos establecidos por función ejecutiva y el país a través de la participación proactiva de todos. De acuerdo al análisis efectuado se determinó que las Reformas Tributarias contempladas en la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal, para empresas multinacionales tendrán un impacto en la determinación del impuesto causado en razón que muchas de las operaciones que estas efectúan conforme a su actividad operacional (regalías, enajenación de acciones, publicidad, entre otras), tendrán a partir de enero 2015 un tratamiento tributario distinto a los años anteriores conforme lo demostramos en los casos contemplados en los capítulos III y IV. |
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