Falta de protección del contratista ante retraso de cumplimiento de pago en contratos administrativos.

El contrato administrativo genera derechos y obligaciones, tanto como para el contratante como para el contratista. Sin embargo, en virtud de la protección del interés público, se le han otorgado a la administración pública ciertas atribuciones que no posee el contratista. No obstante, se ha dejado...

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Main Author: Guillén Almeida, Nathaly Melissa (author)
Other Authors: Atupaña Hipo, Leidy Coraima (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2024
Subjects:
Online Access:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/23807
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Description
Summary:El contrato administrativo genera derechos y obligaciones, tanto como para el contratante como para el contratista. Sin embargo, en virtud de la protección del interés público, se le han otorgado a la administración pública ciertas atribuciones que no posee el contratista. No obstante, se ha dejado sin protección jurídica al contratista ante el pago por parte de la administración pública. La Ley del Servicio Nacional de Contratación Pública señala que solo cuando el anticipo entregado se encuentra devengado el contratante se halla en mora. Sin embargo, no se prevé el efecto jurídico del atraso del pago. Es decir que, el marco normativo ecuatoriano carece de un mecanismo legal que obligue a la administración pública a pagar intereses moratorios o a reconocer algún tipo de indemnización al contratista en caso de incumplimiento en los plazos establecidos, lo que coloca a los contratistas en una posición de vulnerabilidad ante los retrasos en los pagos.