La acción extraordinaria de protección, como mecanismo jurídico, garante del derecho a la tutela judicial efectiva.

El presente trabajo investigativo, tiene como propósito la constatación y verificación del derecho a la tutela judicial efectiva, contenida en nuestra Constitución, para una efectiva, adecuada y eficaz administración de justicia. Haciendo de conocimiento general, que la Acción Extraordinaria de Prot...

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Wedi'i Gadw mewn:
Manylion Llyfryddiaeth
Prif Awdur: Bohórquez Molina, Luis Andrés (author)
Fformat: bachelorThesis
Iaith:spa
Cyhoeddwyd: 2018
Pynciau:
Mynediad Ar-lein:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/11799
Tagiau: Ychwanegu Tag
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Crynodeb:El presente trabajo investigativo, tiene como propósito la constatación y verificación del derecho a la tutela judicial efectiva, contenida en nuestra Constitución, para una efectiva, adecuada y eficaz administración de justicia. Haciendo de conocimiento general, que la Acción Extraordinaria de Protección, es un mecanismo jurídico vigilante y garante, de un proceso apegado en Derecho, en que los encargados de dirigir y administrar la actividad jurisdiccional, observen obligatoriamente, las normas constitucionales para cumplir con los parámetros que guían el ejercicio de sus facultades. El derecho a la tutela judicial efectiva, encierra derechos y principios, que coadyuvan, a un buen desarrollo procesal, en el cual, quienes acceden a la jurisdicción, pueden sentirse tranquilos y confiados, que el sistema establecido para la defensa de sus derechos, cumplirá con el verdadero objetivo, de poner al alcance de sus manos la tan ansiada justicia. La investigación, se basará en las distintas normativas que componen nuestro ordenamiento jurídico, tomando como guía principal nuestra Constitución, pues el Estado, al contener características del neo constitucionalismo, obliga a remitirnos a la norma suprema, para establecer las directrices de este tipo de garantía jurisdiccional, en cuanto a su naturaleza, objetivo, requisitos, procedibilidad, finalidad, efectos, etc. Se deberá apreciar, el trámite y sustanciación, del órgano encargado de conocer este tipo de garantía jurisdiccional, debiendo precisar los fundamentos que ha considero relevantes, para que este mecanismo jurídico, cumpla con los objetivos constitucionales deseados, garantizando que la actividad jurisdiccional, satisfaga a cabalidad a quienes acceden a este servicio prestacional, encargado a manos del Estado.