De la protección concedida al nombre comercial en la legislación ecuatoriana.
El derecho de propiedad intelectual, como rama jurídica en general, se divide en dos grandes instituciones: la propiedad intelectual per se y la propiedad industrial. Ésta última, la propiedad industrial, constituye, al día de hoy, una de las herramientas más importantes para lograr la proliferación...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicat: |
2018
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| Matèries: | |
| Accés en línia: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10716 |
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| Sumari: | El derecho de propiedad intelectual, como rama jurídica en general, se divide en dos grandes instituciones: la propiedad intelectual per se y la propiedad industrial. Ésta última, la propiedad industrial, constituye, al día de hoy, una de las herramientas más importantes para lograr la proliferación del comercio y el crecimiento del alcance del mercado mundial; sobre todo gracias a las marcas, los nombres comerciales y las patentes. Las marcas y los nombres comerciales, principalmente, se consideran como signos distintivos, que permiten a los consumidores en el mercado elegir entre varias opciones de los mismos bienes, servicios o actividades comerciales; protegiendo, a su vez, los derechos de los ofertantes de los mismos y de la ciudadanía en general. El objeto del presente trabajo académico es revisar la doctrina existente; las disposiciones de la derogada Ley de Propiedad Intelectual y del vigente Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, además de las disposiciones regionales, a la hora de proteger los nombres comerciales; para, finalmente, determinar si es que, en el Ecuador, se utiliza o no esta institución como es debido. |
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