Contrataciones realizadas por el Estado a través del estado de emergencia. Análisis de su justificación.

Lo que lo caracteriza a la contratación pública, además de existir el correspondiente acuerdo entre las partes, es que una de las partes concierne al Estado, la ley prevé los procedimientos para poder efectuar dichas contrataciones, cabe mencionar que algunos poseen trámites ordinarios, mientras que...

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Автор: Patiño Pilco, María Belén (author)
Формат: bachelorThesis
Мова:spa
Опубліковано: 2018
Предмети:
Онлайн доступ:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12026
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Резюме:Lo que lo caracteriza a la contratación pública, además de existir el correspondiente acuerdo entre las partes, es que una de las partes concierne al Estado, la ley prevé los procedimientos para poder efectuar dichas contrataciones, cabe mencionar que algunos poseen trámites ordinarios, mientras que otros son especiales. La Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública faculta para que se pueda realizar contrataciones públicas, a través del portal del Servicio Nacional de Contratación Pública en “Compras Públicas”, en los casos de que se haya decretado un estado de emergencia, es así que en lugar de seguir los procedimientos ordinarios para contratar, se lo realiza de manera especial por la situación acaecida que debe ser atendida. No obstante, se puede apreciar que a lo largo de los años la declaratoria de estado de emergencia no ha sido acorde a lo establecido en la ley, puesto que no cumplen con sus requisitos previstos, es ahí donde denota la importancia de que exista un control en cuanto a la expedición de estados de emergencia, es menester establecer un órgano que fiscalice y apruebe la promulgación de estas resoluciones, dejando la salvedad que si no se pronunciare dicha autoridad en un tiempo establecido, se lo concebiría aceptada la resolución.